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LA HABITACIÓN EN CLAVE DE DERECHO HUMANO (III)

 Publicado: 02/12/2020

Del derecho a la ciudad al derecho de habitación


Por Néstor Casanova


El habitar es un modo concreto en que los seres humanos existen de modo efectivo. Es que es propio de humanos habitar y somos humanos porque habitamos. La habitación es, por lo tanto, una efusión de la propia condición humana de situarse en un espacio dado. Nuestra manera de poblar y ocupar los distintos lugares en los que hacemos presencia es habitarlos, ya sea en forma regular y cotidianamente, haciendo de ellos nuestra morada, como también casualmente, pasando por ellos, simplemente, como en el caso de una calle o una plaza, por ejemplo. 

La habitación debe considerarse, más que un hecho, un derecho humano fundamental. Porque si es nuestra existencia, nuestra condición de humanos lo que nos hace habitar, entonces, por fuerza, tenemos el derecho humano fundamental a habitar lugares adecuados a nuestros requerimientos, dignos de nuestra propia condición humana y decorosos, esto es, convenientemente arreglados según nuestras convenciones culturales. Toda situación o estructuración social que prive a cualquiera de nosotros de su derecho a habitar en el sentido antes expuesto, constituye un orden injusto, indigno e inhumano. Y nuestro orden social, político y económico tiene, efectivamente, esas taras: no a todos les es posible disponer de lugares adecuados, dignos y decorosos para habitar. En nuestras ciudades, lo que debería ser corriente, cotidiano y universal, es una excepción, una extrañeza, un privilegio.

Se hace necesario, hoy más que nunca, abogar por una plena constitución de lo humano, porque nuestra vida cotidiana, nuestra convivencia social y nuestro habitar del mundo se nos han enajenado. Y es la tarea del ahora, ya que se trata de nuestra supervivencia. Nuestra reivindicación específica y social está en crisis y apenas si nos hemos llegado a dar cuenta. La consagración de un superior derecho a habitar es una de las claves del pleno restablecimiento de lo humano en nuestra situación histórica. Ha llegado la hora de asumir la habitación en clave de derecho humano.

El derecho a habitar

¿Qué es el derecho a habitar? Es el derecho humano a tener un lugar, a acaecer sentando plaza, en toda circunstancia, en lugares adecuados, dignos y decorosos. En el hábitat, escenario obligado de la existencia humana, todos y cada uno de nosotros, tanto a título individual como comunitario, tenemos derecho a constituir, allí donde nos encontremos, una situación adecuada, digna y decorosa. Por ello, tales condiciones son exigibles para nuestras moradas, pero también para nuestros vecindarios, para nuestros lugares de trabajo y estudio, para nuestros parques y plazas, para nuestras calles y estadios. Todos tenemos derecho a habitar y la vulneración de este derecho a un semejante es también una afrenta a todos.

¿No será una ilusión utópica tal derecho? De ninguna manera, porque tal derecho no puede proclamarse sino cuando, recíprocamente, se instaure la obligación social de hacerle a todos un lugar. Solo un orden social humano y justo puede, a la vez, reconocer el derecho y contraer políticamente la obligación. Solo un orden social humano y justo puede trascender la situación del nuestro en la actualidad, que apenas confiere al derecho a la vivienda el valor de derecho programático. Porque, en la actualidad, los llamados derechos económicos, sociales y culturales no obligan al Estado y a la economía, sino que apenas arrancan un compromiso declarativo y una dotación de inversión pública y privada crónicamente insuficiente. El derecho a habitar instaura la obligación pública de establecer un hábitat adecuado, digno y decoroso para todos.

Lo mejor, lo más humano que tienen los lugares habitados es su hospitalidad: los lugares que, en circunstancias de paz y concordia social, se abren con el afecto de la bienvenida. En todo lugar digno y decoroso hay una voz cordial que invita: pase, hay lugar. Solo si consagramos el derecho universal a habitar haremos del mundo un hogar digno de nuestra humanidad. Solo entonces podremos abatir las fronteras de la desigualdad, los confines de la iniquidad social, los límites del empobrecimiento insostenible. Solo si nos obligamos a construir un mundo en verdad hospitalario, conseguiremos prevalecer. Porque solo entonces valdrá la pena sobrevivir.

Del derecho a la ciudad al derecho humano de habitación

Ya no hay lugares vacantes en el mundo. Por esto, toda apropiación de una locación urbana, un emplazamiento territorial, tiene algo de irrupción, de enajenación, de expropiación. Solo hay un modo humano, justo y sensato de apropiarse de un territorio, y este modo es social, comunitario. El derecho a habitar, entonces, no puede ser un privilegio de uno en detrimento del derecho de otro, sino una apropiación legítima y concertada de cultivadores del lugar, esto es, gente que convenga en su cooperación para poblar en forma efectiva dicho lugar.

Hasta el presente, las ciudades han sido, quizá, la mayor proeza creativa de la humanidad. No sabemos si tales engendros de la vida social pueden considerarse, para siempre, obras insuperables del talento humano. Sabemos, sí, que nuestras ciudades están en crisis y que, en la actualidad, empezamos a vivir, en cierto modo, en sus ruinas. No sabemos a ciencia cierta si algún día podríamos reconstruirlas y revivirlas o si, por el contrario, de entre sus relictos emergerá, en el futuro, una entidad de asentamiento humano superior. Lo que sí sabemos es que, en todo caso, la humanidad habitará. Ignoramos dónde y qué formas tendrá nuestra habitación. Por ello es que debemos forjar un derecho a habitar más allá del entrevisto derecho a la ciudad.

Porque otra realidad es posible.

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